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Observación electoral 2027

Quién puede observar las elecciones del 6 de junio de 2027, qué requisitos debe cumplir, hasta cuándo puede solicitarlo y qué puede y qué no puede hacer. Hay dos figuras distintas: la observación electoral, que es un derecho de la ciudadanía mexicana, y la acreditación de personas visitantes extranjeras.

La recepción de solicitudes está abierta desde el 10 de septiembre de 2026 y cierra el 10 de mayo de 2027. Ese plazo no se amplía. La solicitud se presenta en el portal del INE, en una junta del INE o en el organismo público local de tu estado.

Dos figuras distintas

Las personas visitantes extranjeras no son observadoras electorales en sentido legal: tienen otra base jurídica, otro trámite y otras reglas.

Comparación entre la observación electoral y las personas visitantes extranjeras
AspectoObservación electoralPersonas visitantes extranjeras
Quién puedeCiudadanía mexicana en pleno goce de sus derechos.Personas con otra ciudadanía y nacionalidad, de 18 años o más al 6 de junio de 2027.
Quién acreditaLos consejos locales y distritales del INE.La Coordinación de Asuntos Internacionales del INE.
Fecha límite para solicitar10 de mayo de 2027.26 de mayo de 2027.
IdentificaciónCredencial para votar vigente.Pasaporte vigente.
CapacitaciónObligatoria.El acuerdo no la exige.
GastosCorren por cuenta de quien observa.Corren por cuenta de la persona visitante.
FundamentoLGIPE, art. 217; acuerdo INE/CG548/2026.Reglamento de Elecciones, art. 219; acuerdo INE/CG551/2026.

Observar como ciudadana o ciudadano mexicano

La observación electoral permite presenciar los actos del proceso y de la jornada electoral en cualquier parte del país. Se puede hacer a título personal o como parte de una organización.

Fechas

Etapas de la observación electoral 2026-2027
EtapaPeriodoEstado

Recepción de solicitudes de acreditación

En el portal del INE, en las juntas locales y distritales del INE o en los organismos públicos locales, en persona o por medio de una organización. El plazo es improrrogable. La ley fija el 30 de abril como fecha límite; el INE la amplió al 10 de mayo.

Fuente

10 de septiembre de 2026 al 10 de mayo de 2027En curso

Capacitación presencial o a distancia

Fuente

1 de noviembre de 2026 al 17 de mayo de 2027Próxima

Capacitación impartida por organizaciones de observación

Fuente

1 de noviembre de 2026 al 31 de mayo de 2027Próxima

Curso virtual en el portal

Fuente

1 de enero de 2027 al 31 de mayo de 2027Próxima

Expedición de gafetes y constancias de acreditación

Fuente

1 de noviembre de 2026 al 5 de junio de 2027Próxima

Jornada electoral

Fuente

6 de junio de 2027Próxima

Presentación de informes de observación, si se quiere presentar uno

Presentar informe es optativo. Los informes, juicios, opiniones o conclusiones no tienen efectos jurídicos sobre el proceso electoral ni sobre sus resultados.

Fuente

7 de junio de 2027 al 6 de julio de 2027Próxima

Requisitos que fija la ley

  • Tener ciudadanía mexicana y estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso d), fracción I

  • No ser ni haber sido integrante de dirigencias nacionales, estatales o municipales de una organización o partido político en los tres años anteriores a la elección.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso d), fracción II

  • No ser ni haber sido candidata o candidato a un cargo de elección popular en los tres años anteriores a la elección.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso d), fracción III

  • Tomar el curso de capacitación que imparten el INE, los organismos públicos locales o la organización de observación a la que se pertenezca.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso d), fracción IV

  • Manifestar por escrito que la observación se hará con imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad, y sin vínculos con partidos u organizaciones políticas.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso b)

Requisitos que agrega la convocatoria del INE

  • No ser representante de un partido político o de una candidatura independiente ante la casilla.

    Cartilla de inscripción, anexo de INE/CG548/2026

  • No haber sido designada o designado como integrante de una mesa directiva de casilla.

    Cartilla de inscripción, anexo de INE/CG548/2026

  • No ser persona servidora pública vinculada con programas sociales de gobierno municipal, estatal o federal, ni operadora de programas sociales, ni servidora de la nación.

    Cartilla de inscripción, anexo de INE/CG548/2026

Documentos para solicitar la acreditación

  • Solicitud de acreditación. Incluye la manifestación de que se cumplen los requisitos y el consentimiento para el tratamiento de datos personales.

    Lineamientos de observación electoral, apartado III.4.1

  • Credencial para votar vigente, en copia o digitalizada por ambos lados.

    Lineamientos de observación electoral, apartado III.4.1

  • Fotografía actual. Si se solicita en línea: archivo JPEG o PNG de hasta 5 MB, con fondo claro, de frente, con las orejas descubiertas, sin lentes ni accesorios, del torso hacia arriba y que no sea selfie.

    Lineamientos de observación electoral, apartado III.4.1

Qué se puede observar el día de la jornada

Con la acreditación y el gafete, las personas observadoras pueden presentarse en una o varias casillas y en el local de los consejos, y presenciar:

  • La instalación de la casilla.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso i), fracción I

  • El desarrollo de la votación.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso i), fracción II

  • El escrutinio y cómputo de la votación en la casilla.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso i), fracción III

  • La fijación de los resultados en el exterior de la casilla.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso i), fracción IV

  • La clausura de la casilla.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso i), fracción V

  • La lectura en voz alta de los resultados en el consejo distrital.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso i), fracción VI

  • La recepción de escritos de incidencias y de protesta.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso i), fracción VII

Qué no se puede hacer

  • Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, o interferir en su desarrollo.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso e), fracción I

  • Hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse a favor de un partido o de una candidatura.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso e), fracción II

  • Expresar ofensas, difamación o calumnias contra las instituciones, las autoridades electorales, los partidos o las candidaturas.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso e), fracción III

  • Declarar el triunfo de un partido político o de una candidatura.

    LGIPE, art. 217, numeral 1, inciso e), fracción IV

Informes y organizaciones

Presentar un informe de observación es optativo, y ningún informe tiene efectos jurídicos sobre el proceso ni sobre sus resultados. Las organizaciones de observación deben declarar el origen, el monto y la aplicación del dinero que usaron, a más tardar treinta días después de la jornada electoral (LGIPE, art. 217, numerales 1, inciso j, y 2). La participación es voluntaria y los gastos corren por cuenta de quien observa.

Accesibilidad y difusión

La convocatoria, la constancia de acreditación y el gafete existen en Braille, en cumplimiento de la sentencia SUP-JDC-220/2023 de la Sala Superior (anexo 3). Las juntas del INE deben difundir la convocatoria entre mujeres, personas jóvenes, afromexicanas, mayores, con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes e indígenas, y producir cápsulas en las lenguas indígenas con mayor presencia en cada estado.

Datos personales

El INE y los organismos públicos locales deben resguardar los datos de las solicitudes. Quien solicite su acreditación puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad ante la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales del INE.

Personas visitantes extranjeras

Cualquier persona con otra ciudadanía y nacionalidad puede pedir su acreditación para conocer el proceso federal y los procesos locales de 2026-2027. La convocatoria se dirige en particular a representantes de:

  • Organismos depositarios de la autoridad electoral de otros países.
  • Organismos internacionales.
  • Organizaciones continentales o regionales.
  • Partidos y organizaciones políticas de otros países.
  • Órganos legislativos de otros países.
  • Gobiernos de otros países.
  • Instituciones académicas y de investigación de nivel superior de otros países.
  • Organismos extranjeros especializados en cooperación o asistencia electoral.
  • Instituciones privadas u organizaciones no gubernamentales del extranjero que trabajan en materia político-electoral o en la defensa y promoción de los derechos humanos.

Plazo

La documentación se recibe hasta el 26 de mayo de 2027. Si falta algo, la Coordinación de Asuntos Internacionales lo avisa en las 24 horas hábiles siguientes y hay 24 horas para completarlo; resuelve cada solicitud en tres días hábiles. Los gafetes se entregan a más tardar el 5 de junio de 2027 a las 18:00 horas, tiempo del centro de México (INE/CG551/2026, Base 5ª).

Requisitos

  • Solicitud de acreditación firmada de puño y letra por la persona interesada.

    INE/CG551/2026, Base 4ª, numeral 1, apartado A

  • Copia de las páginas principales del pasaporte vigente, donde aparecen los datos personales y la firma.

    INE/CG551/2026, Base 4ª, numeral 1, apartado A; Convocatoria, Base I.3

  • Una fotografía reciente y nítida de 3 × 2.5 centímetros, similar a la de pasaporte.

    Convocatoria para personas visitantes extranjeras, Base I.3

  • No perseguir fines de lucro con la acreditación.

    INE/CG551/2026, Base 4ª, numeral 1, apartado B

Se entrega en persona, por correo o mensajería a cargo de la persona interesada, o por vía electrónica según la convocatoria, dirigida a la Presidencia del Consejo General del INE, por conducto de la Coordinación de Asuntos Internacionales: Viaducto Tlalpan núm. 100, edificio C, piso 1, colonia Arenal Tepepan, C.P. 14610, Ciudad de México. La documentación está en español y en inglés.

Motivos de rechazo

  • Que la persona sea considerada mexicana por la Constitución.

    INE/CG551/2026, Base 5ª, numeral 5

  • Que tenga menos de 18 años al domingo 6 de junio de 2027.

    INE/CG551/2026, Base 5ª, numeral 5

  • Que no haya entregado la documentación en los términos del acuerdo y de la convocatoria.

    INE/CG551/2026, Base 5ª, numeral 5

Qué pueden hacer

  • Conocer e informarse sobre el proceso federal y los procesos locales en cualquiera de sus etapas y en cualquier parte del país.

    INE/CG551/2026, Base 6ª, numeral 1

  • Presenciar, si las condiciones logísticas lo permiten, el voto en prisión preventiva, el voto anticipado y, en su caso, el voto presencial de mexicanas y mexicanos residentes en el extranjero.

    INE/CG551/2026, Base 6ª, numeral 1

  • Solicitar entrevistas o reuniones informativas con personal de las autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales.

    INE/CG551/2026, Base 6ª, numeral 3

  • Recibir de partidos, coaliciones y candidaturas independientes sus planteamientos y la documentación que les quieran entregar.

    INE/CG551/2026, Base 6ª, numeral 4

Qué no pueden hacer

  • Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales o interferir en sus funciones, incluido el ejercicio del voto.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 1

  • Hacer proselitismo de cualquier tipo.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 2

  • Manifestarse a favor o en contra de un partido o candidatura, o de una opción sometida a consulta.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 3

  • Realizar cualquier actividad que altere la equidad de la contienda.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 4

  • Expresar ofensas, difamación o calumnias contra instituciones, autoridades, partidos o candidaturas.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 5

  • Declarar el triunfo de un partido o candidatura, o el resultado de una consulta.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 6

  • Declarar tendencias de la votación, antes o después de la jornada electoral.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 7

  • Portar o usar emblemas, distintivos o imágenes de partidos, candidaturas o posturas políticas relacionadas con las elecciones.

    INE/CG551/2026, Base 8ª, numeral 8

Los gastos de traslado, estancia y actividades corren por su cuenta (Base 7ª). Si incumplen sus obligaciones, se procede conforme a la LGIPE y al Reglamento de Quejas y Denuncias del INE (Base 9ª).

Documentos oficiales

Otras herramientas de electoral.mx

Pueden servir para seguir el proceso, pero ninguna es un canal oficial: no acreditan ni reciben solicitudes ni escritos de incidencias. El día de la jornada, tu casilla se ubica con la herramienta del INE.

  • Mapa de arranques

    Cuándo inicia el proceso electoral en cada estado, con la fecha y su fuente.

    Límite. De octubre en adelante muestra el mes y no el día, hasta que el organismo lo confirme.

  • Ficha de tu estado

    Qué se elige, el calendario de precampañas y campañas, y enlaces al organismo electoral local, a sus acuerdos y a su tribunal.

    Límite. El enlace a los cómputos oficiales solo existe para algunos estados.

  • Pulso

    Detecta las sesiones que transmiten en vivo el Consejo General del INE, las salas del TEPJF, los organismos electorales locales y los tribunales electorales locales.

    Límite. No cubre los consejos distritales ni municipales, donde se hacen los cómputos. Solo el INE y el TEPJF anuncian sus sesiones con anticipación.

  • Vigía y Vigía Local

    Comunicados de las autoridades electorales y notas de prensa sobre el proceso, nacionales y por estado.

    Límite. Reúne lo que publican otros: no es fuente oficial ni verifica el contenido de las notas.

  • ¿Quién me representa?

    Con la sección de tu credencial para votar, a qué distrito federal y local perteneces y quién ocupa hoy cada cargo.

    Límite. No ubica casillas.

Metodología, fuentes y límites

Qué es esta página

Un resumen de las reglas oficiales para observar las elecciones de 2027, con la disposición exacta de la que sale cada requisito. No sustituye a los documentos del INE ni permite hacer ningún trámite: la solicitud se presenta en el portal del INE, en sus juntas o en los organismos públicos locales.

Al final se enumeran otras herramientas de este sitio, cada una con su límite. Ninguna es un canal oficial.

Las etapas se comparan todos los días con la fecha actual, así que la página indica sola qué plazo está abierto.

Fuentes

  • Acuerdo INE/CG548/2026 y sus tres anexos, aprobados por unanimidad el 3 de septiembre de 2026.
  • Acuerdo INE/CG551/2026 y sus anexos, aprobados por unanimidad el 3 de septiembre de 2026.
  • Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, art. 217, con última reforma publicada en el DOF el 2 de junio de 2026, tomada del sitio de la Cámara de Diputados.

Lo que no incluimos, y por qué

  • El derecho a solicitar información a las autoridades (art. 217, inciso g). La reforma de 2023 a ese inciso fue declarada inválida por la Suprema Corte y el inciso recuperó su texto anterior; la edición vigente de la ley muestra el texto invalidado. Preferimos no citarlo a citar una norma que no está en vigor.
  • Las reglas para observar el voto anticipado, el voto en prisión preventiva y el voto desde el extranjero. El Consejo General del INE todavía no aprueba los lineamientos que las fijan.

Prevalece siempre el documento oficial. Si detectas un error, escríbenos: se corrige y se deja constancia pública.